Destinada a estudiantes que se matriculen por primera vez como alumnos de primer año en carreras de pedagogía Elegibles y que se encuentren acreditadas ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de diciembre de 2024, al igual que la Institución de Educación Superior.
Beneficios:
- Financia la matrícula y la totalidad del arancel anual de la carrera.
Requisitos:
Puntaje igual o superior a 625 puntos (escala 100-1.000) en el promedio de las pruebas obligatorias (pruebas Competencia Lectora y Competencia Matemática) en las PAES del año de admisión a la carrera (PAES); o puntaje desde 595 puntos en la PAES si la/el estudiante pertenece al 10% de mejores egresadas/os de su establecimiento educacional dependiente de los Servicios Locales de Educación Pública, de un colegio Municipal, Particular Subvencionado o de Administración delegada, que ingresen a la Educación Superior al año siguiente de finalizar su Enseñanza Media.
Las/os estudiantes que ingresen a la Educación Superior mediante el programa PACE serán eximidas/os del requisito de puntaje mínimo (PAES).
Además, podrán optar a la asignación de esta beca aquellos estudiantes que hayan realizado y aprobado un programa de preparación y acceso de estudiantes de enseñanza media para continuar estudios de pedagogía en la educación superior reconocido por el Ministerio de Educación, quienes serán eximidas/os del requisito de puntaje mínimo (PAES).
Para que una carrera sea elegible:
- La institución debe manifestar ante MINEDUC su voluntad de que lo sea, lo cual debe cumplirse para todas las sedes, jornadas, versiones y modalidades de una misma carrera.
- Debe estar acreditada por al menos dos años ante la Comisión Nacional de Acreditación (al 31 de diciembre de 2024) en cada una de sus variantes.
- La institución no debe efectuar cobro alguno a los postulantes preseleccionados para la beca que se matriculen en ella.
- La institución debe respetar un puntaje de corte mínimo de 500 puntos PDT para al menos el 85% de los alumnos que ingresen a una carrera elegible.
Compromisos:
Una vez obtenido el título profesional, la o el estudiante becado debe trabajar por al menos 3 años en establecimientos educacionales dependientes de los Servicios Locales de Educación Pública, Municipales, Particulares Subvencionados o de Administración delegada, donde tendrá que cumplir una jornada laboral docente de 44 horas semanales o su equivalente. Dicho plazo de 3 años se podrá rebajar de conformidad a los criterios que establezca la Subsecretaría de Educación Superior para casos tales como ruralidad, áreas con menor demanda curricular, entre otros. En el caso de las/os tituladas/os de Educación Parvularia, también podrán cumplir este compromiso en jardines infantiles o salas cunas que reciban recursos del Estado.
El plazo máximo para cumplir este compromiso es de 7 años, contados desde la fecha de obtención del título profesional. Este periodo de retribución debe ser certificado por la/ directora/or del establecimiento (formato de certificado disponible al pie de esta página).
Para efectos de obtener la asignación del beneficio y asegurar el cumplimiento de este compromiso, quienes resulten seleccionados con esta beca deben firmar un convenio con Mineduc, lo que efectuarán en su respectiva universidad.
Consideraciones Importantes:
- Esta beca considera las carreras regulares de pedagogía, no se consideran elegibles los Programas a Distancia y Programas Especiales de Titulación o cursos especiales que realice la institución.
- No considera condición socioeconómica del postulante.
- Financia la duración regular de la carrera según lo informado por la institución.
- El requisito de retribución de la beca se puede realizar en el establecimiento de libre elección del beneficiario, bajo las condiciones que él establezca con el empleador, de manera remunerada y sin intervención de MINEDUC, siempre y cuando se cumplan las características indicadas anteriormente en cuanto a la naturaleza del establecimiento.
- Sólo puede cambiarse una vez y debe ser a otra carrera de pedagogía que sea elegible para la beca el año en que ingresará a ella. Se considerará la duración de la carrera inicial para el beneficio de la beca, es decir, si la carrera de destino tiene una duración mayor, podría generarse un período que no sea financiado.
Renovación:
- Mantener condición de alumno regular.
- Presentar un progreso académico satisfactorio y haber aprobado, a lo menos, el 60% de los ramos inscritos durante el primer año académico. A contar del segundo año deberá tener aprobado el 70% de los ramos inscritos en el respectivo año.
Duración:
El beneficio se mantendrá siempre y cuando cumpla con las condiciones académicas de renovación y, debe tener presente que el beneficio no podrá exceder la duración oficial de la carrera.