Beneficio que se otorga a los estudiantes de las Universidades del Consejo de Rectores, también denominadas Universidades Tradicionales, para financiar parte o el total del  arancel de referencia anual de la carrera.

Es un crédito otorgado en UTM con tasa de interés anual del 2% anual. Se comienza a cancelar después de 2 años de haber egresado, pagando anualmente una suma equivalente al 5% del total de ingresos que haya obtenido el año anterior.

Este crédito es compatible con cualquiera de las becas de arancel y con el Crédito con Garantía del Estado hasta un monto máximo determinado por el arancel de referencia de la carrera respectiva.

El plazo máximo de devolución es de 12 años, en general, y 15 en caso de que la deuda sea superior a 200 UTM. La recuperación de estos recursos permite que las nuevas generaciones de estudiantes soliciten estos mismos beneficios.

Beneficios:

Financia parte o la totalidad del arancel de referencia anual de la carrera.

Requisitos Socioeconómico:

  • Pertenecer al 80% de la población de menores ingresos del país.

En el caso de matricularse en carreras de Medicina o  Pedagogía, para hacer efectiva el crédito, la carrera debe estar acreditada ante la Comisión Nacional de Acreditación, www.cnachile.cl.

Requisitos Académicos:

Puntaje igual o superior a 485 puntos (escala 100-1.000) en el promedio de las pruebas obligatorias vigentes (pruebas Competencia Lectora/Comprensión Lectora y Competencia Matemática 1 /Matemática) en las PAES o PDT del año de admisión a la carrera o el anterior (puntaje PDT regular rendida el año 2021 requisito de 475 puntos (escala 150-850)).

Cobertura:

Financia parte o la totalidad del arancel de referencia anual de la carrera, a través de un préstamo en UTM. El porcentaje a cubrir dependerá de la situación socioeconómica de la/el postulante:

  • Estudiantes pertenecientes al 60% de la población de menores ingresos del país: 100% del arancel de referencia.
  • Estudiantes sobre el 60% y hasta el 80% de la población de menores ingresos del país: del 100% al 50% del arancel de referencia.

 

Presentar en la institución al momento de matricularse, los documentos que respalden lo informado a través del Formulario de Postulación, lo que les permitirá, si corresponde, recibir la asignación definitiva del Crédito.

 

Apelación:

Los estudiantes de las Universidades del Consejo de Rectores que no hayan obtenido un financiamiento igual al arancel de referencia, podrán apelar al Fondo Solidario para aumentar su porcentaje de ayuda, siempre y cuando se encuentren en cualquiera de las situaciones expresadas a continuación:

  1. Enfermedad catastrófica no cubierta por el GES (Garantías Explícitas de Salud – ex AUGE) de algún integrante del núcleo familiar: Se debe presentar certificado de enfermedad o invalidez y los  gastos asociados.
  2. Hermanos en Educación Superior: Se debe presentar certificado de alumno regular con los montos asociados del año en curso.
  3. Fallecimiento del sostenedor del grupo familiar, entre el periodo de postulación a Becas y Créditos y la fecha de apelación: Se debe presentar certificado de defunción.
  4. Cesantía del sostenedor del grupo familiar, ocurrida entre el proceso de postulación a Becas y Créditos y la fecha de apelación: Se deben presentar finiquito de trabajo del sostenedor.

Todos estos antecedentes deberán presentarse en la universidad donde se matriculó el estudiante, en los plazos y formas que se informen a través de www.becasycreditos.cl

Renovación:

  • Mantener condición de alumno regular
  • Los alumnos podrán optar al crédito durante el periodo normal de duración de la carrera y dentro de un 50% de incremento de dicho periodo.
  • Los alumnos con más de 3 semestres de permanencia en la carrera deberán acreditar un avance curricular progresivo. Ello implica, salvo que la universidad haya previsto una exigencia académica mayor, la aprobación de a lo menos un 50% del total de asignaturas cursadas  inscritas.
  • Si un alumno sigue 2 carreras en forma simultánea, esta preferencia operará sólo en una de ellas.
  • Mantener la condición socioeconómica que dio origen al crédito. Para comprobar esta situación la UCSC le solicitará la actualización de antecedentes relacionados con su situación socioeconómica.

Duración del beneficio:

El  Fondo  Solidario  de  Crédito  Universitario  cubre  los  semestres  regulares  de  duración  de  la  carrera.

Además, puede extenderse por un plazo adicional equivalente al 50% de la duración formal del programa de estudios, en la medida que el alumno cumpla con los requisitos de avance académico establecidos para la renovación del beneficio.

Por ejemplo, si el alumno cursa una carrera que regularmente dura 10 semestres, el Fondo Solidario podrá cubrir hasta un 50% más de ese periodo, es decir, 15 semestres en total.