Los estudiantes que opten por cursar carreras paralelas conducentes a licenciatura o título profesional en la Institución, conforme a la reglamentación interna de la Universidad, solo pagarán el derecho básico de matrícula y arancel de la carrera según los siguientes casos:

  1. Si el estudiante no cuenta con Gratuidad, Becas Mineduc, FSCU o Cae, deberá pagar la carrera de mayor valor. En este caso, el beneficio de carreras paralelas se aplicará a la carrera de menor costo.
  2. Si el estudiante cuenta con Gratuidad, Becas Mineduc, FSCU o Cae, y mantiene estos beneficios en su carrera de origen, la carrera paralela no tendrá costo, independientemente de si es la más cara o la más económica.
  3. Si el estudiante finalizar la primera carrera, perderá el beneficio asociado a la carrera paralela y deberá continuar pagando el arancel correspondiente de la segunda carrera.

Los requisitos para asignar el descuento son los siguientes:

  • Estar matriculado en dos carreras conducentes a licenciatura o título profesional, de acuerdo al proceso formal de admisión de la UCSC.
  • No tener calificaciones finales pendientes al momento de la postulación.
  • Contar con ramos inscritos en ambas carreras.

Los requisitos para renovar el descuento son los siguientes:

  • Mantener la condición de alumno regular en ambas carreras con ramos inscritos del periodo en curso, según lo estipulado en el reglamento de pregrado.
  • Si el estudiante finaliza la primera carrera, perderá el beneficio asociado a la carrera paralela y deberá continuar pagando el arancel correspondiente de la segunda carrera.
  • Se permitirá una sola congelación del beneficio (semestral o anual) por suspensión académica en ambas carreras.

Compatibilidad:

  • Esta beca es compatible con los beneficios arancelarios asignados por Mineduc y la Comisión Ingresa.
  • No es compatible con otros beneficios ofrecidos por la Universidad.

Este beneficio excluye a las carreras de la Facultad de Medicina.

Consideraciones sobre el Arancel Real y Arancel a Pagar:
  • Arancel real: Es el valor anual de la carrera definido por la Universidad, sin considerar ningún tipo de descuento, beca y/o crédito.
  • Arancel a pagar: Es el monto final a pagar una vez aplicados los descuentos, becas y/o créditos que tenga el estudiante.

Preguntas frecuentes sobre Becas y Créditos

Para acceder a los beneficios MINEDUC, tienes que completar el Formulario Único de Acreditación Socioeconómica FUAS a través de www.fuas.cl. Conoce las fechas sobre este proceso en www.beneficiosestudiantiles.cl.

Si bien puedes postular todas las veces que desees, debes tener en cuenta que los beneficios de becas y créditos de arancel MINEDUC sólo se te serán adjudicados dos veces. De modo que no podrás obtener beneficios por tercera vez.

Para renovar tu beca, necesariamente tienes que estar matriculado para el periodo o año académico que vas a cursar en la misma institución y carrera en la que obtuviste tu beneficio. Además, se requiere que hayas aprobado al menos el 60% de las asignaturas inscritas durante tu primer año.  O bien, el 70% de los ramos del año académico anterior desde el tercer año en adelante.

Para mayor información, visita www.beneficiosestudiantiles.cl

Para el periodo 2026, el Ministerio de Educación a fijado como primer periodo de postulación desde el 01 al 22 de Octubre de 2025 (14:00hrs).

Formulario de inscripción disponible en www.fuas.cl.

Si se puede apelar. Lo primero que tienes que hacer es que debes hacer es informarte sobre el resultado de la asignación de beneficios a través de este sitio, y verificar si tienes la opción de apelar. Si la tienes, te aparecerá el botón “Apelar”, el que te dirigirá al formulario de apelación online.

Revisa los motivos de rechazo de el o los beneficios, y luego lee atentamente en este sitio el listado de causales válidas de apelación, así como los documentos solicitados que deberás cargar en el formulario web dentro de los plazos establecidos por Mineduc. Revisa las fechas exactas en la sección Fechas Importantes de este sitio.

Los documentos deben ser subidos en formato PDF (un archivo por cada tipo de documento asociado a la causal), con un peso no superior a 3MB cada uno.

Una vez que hayas cargado todos los documentos requeridos, debes hacer clic en el botón “Guardar y enviar Apelación”

El plazo es 15 días corridos desde la fecha de publicación.